Tengo un recibo no autorizado en el banco: estos son los plazos y consecuencias de devolverlo

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persona con un ordenador

Devolver recibos bancarios es uno de los servicios básicos que ofrecen las entidades. En la mayoría de los casos, podemos hacerlo desde la propia web o la aplicación, sin necesidad de desplazarnos. Pero, ¿qué plazos tenemos y cuáles son las consecuencias de hacerlo? El Bando de España lo explica.

Son muchas las situaciones que pueden derivar en que una empresa emita un recibo a nuestra cuenta bancaria y nos encontremos ante la situación de querer devolverlo. Desde un error en la domiciliación hasta una baja de un servicio que no ha llegado a tiempo y nos han enviado la orden de pago por igual, pasando por múltiples escenarios más. Pese a que cualquier adeudo domiciliario, como explica el Banco de España, “requiere de una autorización previa y expresa” para que cualquier entidad pueda realizar los cargos pertinentes en nuestra cuenta bancaria, los errores ocurren.

Por suerte, para evitar este tipo de situaciones, la mayoría de los bancos nos ofrecen la opción de devolver el recibo accediendo con nuestros datos personales a la plataforma pertinente, aunque ya se haya cobrado. Sin embargo, existen ciertas limitaciones, especialmente a nivel temporal. Te contamos cuáles son.

persona interactuando con un cajero

Plazos de devolución

El Banco de España identifica dos escenarios a la hora de dictaminar los plazos de devolución que debe respetar cualquier entidad cuando se trata de gestionar nuestros adeudos bancarios. La normativa contempla que cualquier recibo puede devolverse dentro de un plazo máximo de ocho semanas en el caso de que dicho adeudo cuenta con la autorización pertinente. Una situación que puede producirse, por ejemplo, si hemos dado de baja un seguro el día antes de la finalización de la póliza y no se ha dado tiempo al sistema de aplicar el cambio.

No obstante, el plazo difiere de manera considerable en el caso de que el recibo que hayamos pagado no cuenta con ningún tipo de autorización previa. En este caso, vamos a poder devolverlo hasta en 13 meses. En este caso, nos encontramos con cualquier escenario al que nos tengamos que enfrentar en el que desconozcamos por completo al emisor del recibo o hayamos estado en negociaciones con él para contratar cualquier servicio, pero no hayamos llegado a firmar ningún tipo de acuerdo.

Las consecuencias

La devolución de recibos “tiene sus consecuencias”, según el Banco de España. Por este motivo, la entidad puede preguntar cuál es el motivo por el que queremos llevar a cabo la tramitación del recibo en cuestión. Y, además, cita dos ejemplos:

  • En el caso de que hayamos realizado la devolución de un servicio que tenemos contratado porque necesitemos liquidez urgente, es probable que si no explicamos la causa concreta, el proveedor de servicios puede entenderlo como que queremos dar de baja el servicio en cuestión.
  • En el caso de que el recibo esté emitido por organismos como la Seguridad Social o la Agencia Tributaria, las consecuencias pueden ser incluso mayores. Puesto que es posible que la devolución tenga un coste o, incluso, que perdamos algún tipo de subvención o bonificación, como podría ocurrir en el caso de que estemos disfrutando de la tarifa plana para autónomos, por ejemplo.

En ambos casos, así como en cualquier otro al que tengamos que enfrentarnos, es muy importante que informemos de manera clara cuál es el motivo que nos ha llevado a rechazar el recibo en cuestión.

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