Se acerca la fecha: Hacienda comenzará a enviar las temidas cartas del miedo durante los próximos días

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imagen de la renta 2023

Se acerca el periodo final de la campaña de la Renta 2023. Y, con él, se inicia el momento en el que la Agencia Tributaria controla si todos los contribuyentes han regularizado su situación fiscal y han cumplido con sus obligaciones. En caso de no hacerlo, el organismo tributario comenzará a mandar las temidas “cartas del miedo”. Te contamos todo lo que tienes que saber sobre ellas.

La campaña de la Renta 2023 se enfrenta a su recta final. Apenas faltan unos pocos días para que los contribuyentes presenten el borrador de la declaración y conozcan el resultado final de la regularización de su IRPF. Pese a que la mayoría de nosotros ya hemos aprovechado estos últimos meses para cumplir con nuestra obligación, es posible que algunas personas todavía no hayan hecho lo propio.

Si este es tu caso, Hacienda se encargará de enviar lo que se conoce como las “cartas del miedo”. Una comunicación que llega principalmente tras haber detectado que no se ha presentado la declaración de la Renta a tiempo o que, incluso presentándola, los datos recogidos no corresponden con la información que tiene Hacienda sobre nuestra información fiscal.

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Qué son las cartas del miedo

Como ya hemos anticipado, con este popular nombre se conoce a todas las comunicaciones que envía Hacienda una vez ha detectado que no hemos presentado nuestra declaración de la Renta o que, en caso de hacerlo, el organismo valorado que ha habido algún error que requiere de una subsanación para poder arreglar la situación. En estos casos, deberemos leer atentamente la carta remitida y actuar en consecuencia en función de lo que Hacienda haya considerado.

Como ya hemos explicado en otras ocasiones en este mismo medio, la sanción depende de si el resultado de la Renta es a ingresar o a devolver. En el caso de que sea a ingresar y Hacienda todavía no nos haya requerido, la sanción es de un 1% sobre el importe a ingresar, al que hay que sumar otro 1% por cada mes de retraso. Una vez alcancemos los 12 meses, la sanción asciende a un 15% junto a los correspondientes intereses de demora. Si el organismo nos envía el correspondiente requerimiento a través de las temidas cartas, la multa sería mayor y correspondería a un pago de entre el 50 y el 150% del total de la deuda.

Si la Renta sale a devolver, la sanción es de 100€ si presentamos la declaración de manera voluntaria. Pero en el caso de que sea Hacienda la que nos advierta del error, deberemos asumir una sanción mayor, que alcanzará los 200€.

También llegan con las declaraciones presentadas

Pese a que no es habitual, las cartas del miedo también pueden llegar en el caso de que hayamos presentado el borrador con la información correcta, pero no hayamos realizado el pago. Esta situación puede deberse a un simple despiste, a que no tengamos saldo suficiente en nuestra cuenta bancaria si hemos domiciliado el pago o, incluso, si nos hemos equivocado al introducir el número de cuenta y no se ha podido procesar el pago correspondiente.

Si Hacienda detecta que los datos que hemos presentado no coinciden con los que la Agencia Tributaria tiene registrados, también deberemos aclarar la situación aportando la documentación correspondiente. Por lo que lo mejor que podemos hacer es tratar de minimizar la aparición de los posibles errores en nuestra declaración y presentarla dentro del plazo que la Agencia Tributaria tiene habilitado para ello.

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